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INCENTIVO - INTERRUPCIÓN DE AGUA

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Código de Incentivo Contributivo ley 60

Incentivos bajo el Código de Incentivo Contributivo Ley 60

Individuo Residente Inversionista 


Elegibilidad:

  • No residente en Puerto Rico entre enero 2006 y enero 2012
  • Convertirse en residente bona fide de Puerto Rico

Beneficios:

  • Cien por ciento (100%) de exención en contribuciones derivadas de dividendos, intereses y ganancias de capital de valores
  • Beneficios hasta el 31 de diciembre de 2035

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Profesional de Difícil Reclutamiento


Elegibilidad:  

  • Individuo con conocimiento especializado. Indispensable para las operaciones de un negocio exento.
  • Ser empleado de un negocio exento.

Beneficios:  

  • Cien por ciento (100%) de exención en contribuciones sobre ingresos de salarios y beneficios en exceso de cien mil dólares ($100,000)

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Investigadores o Científicos


Elegibilidad:  

  • Llevar a cabo investigaciones científicas a través de una institución de educación superior (universidades públicas o privadas) o una entidad localizada en el Distrito de las Ciencias.

Beneficios:  

  • Cien por ciento (100%) de exención en contribuciones sobre ingresos hasta un tope de ciento noventa y cinto mil dólares ($195,000) en investigaciones realizadas a través de instituciones de educación superior.
  • Doscientos cincuenta mil dólares ($250,000) en investigaciones realizadas a través de la entidad del Distrito de las Ciencias.

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Exportación


Elegibilidad:

  • Exportación de servicios o bienes desde Puerto Rico hacia clientes extranjeros.

Beneficios:

  • Cuatro por ciento (4%) tasa de contribución sobre ingresos  
  • Setenta y cinco por ciento (75%) exención en contribuciones sobre la propiedad  
  • Cincuenta por ciento (50%) exención en contribuciones municipales  
  • Cien por ciento (100%) exención en distribuciones de dividendos

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Entidades Financieras Internacionales


Elegibilidad:

  • Prestación de servicios bancarios o financieros a personas o entidades extranjeras.
  • Permiso para operar emitido por la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF).

Beneficios:

  • Cuatro por ciento (4%) tasa de contribución sobre ingresos  
  • Setenta y cinco por ciento (75%) exención en contribuciones sobre la propiedad  
  • Cincuenta por ciento (50%) exención en contribuciones municipales  
  • Individuo residente: cien por ciento (100%) de descenso en ingreso proveniente de intereses, cargos por financiamiento, dividendos o participación

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Aseguradoras Internacionales


Elegibilidad:

  • Negocio dedicado a asumir riesgos fuera de Puerto Rico.
  • Con permiso vigente para operar, emitido por el Comisionado de Seguros de Puerto Rico.

Beneficios:

  • Cuatro por ciento (4%) tasa de contribución en ingresos neto, en exceso de un millón doscientos mil dólares ($1,200,000)
  • Setenta y cinco por ciento (75%) exención en contribuciones sobre la propiedad  
  • Cincuenta por ciento (50%) exención en contribuciones municipales  
  • Cien por ciento (100%) exención en distribución de dividendos


Fondos de Capital Privado


Elegibilidad:

  • Fondo dedicado a la adquisición y venta de valores no públicos.

Beneficios:

  • Inversionistas acreditados: diez por ciento (10%) tasa de contribución e intereses y dividendos setenta y cinco por ciento (75%) exención en contribuciones sobre la propiedad  
  • Cien por ciento (100%) exención en ganancia de capital
  • Deducción contributiva de un treinta por ciento (30%) o sesenta por ciento (60%) realizada en el Fondo  

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Economía del Visitante


Elegibilidad:

  • Negocio dedicado a actividades turísticas, tales como: operación de hoteles, condo-hoteles, hostelerías, paradores, agroturismo, parques temáticos, turismo náutico y marinas turísticas, entre otras.

Beneficios:

  • Cuatro por ciento (4%) tasa de contribución sobre ingresos  
  • Setenta y cinco por ciento (75%) exención en contribuciones sobre la propiedad  
  • Cincuenta por ciento (50%) exención en contribuciones municipales  
  • Cien por ciento (100%) exención en distribución de dividendos
  • Crédito contributivo de treinta por ciento (30%) a cuarenta por ciento (40%) en inversión elegible realizada en la actividad turística

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Manufactura


Elegibilidad:

  • Negocio dedicado a la manufactura de productos, actividades de investigación y desarrollo científicos, reciclaje, desarrollo de programas o aplicaciones, licenciamiento de propiedad intangible, mantenimiento y reparación de naves aéreas y embarcaciones.

Beneficios:

  • Cuatro por ciento (4%) tasa de contribución en ingresos  
  • Setenta y cinco por ciento (75%) exención en contribuciones sobre la propiedad  
  • Cincuenta por ciento (50%) exención en contribuciones municipales
  • Cien por ciento (100%) exención en arbitrios de materia prima, maquinaria y equipo, y distribución de dividendos


Infraestructura


Elegibilidad:

  • Negocio dedicado a la construcción de hogares de interés social, para personas de edad avanzada o vida asistida y zonas históricas.

Beneficios:

  • Cuatro por ciento (4%) tasa de contribución sobre ingresos  
  • Cien por ciento (100%) exención en contribuciones sobre la propiedad  
  • Noventa por ciento (90%) exención en contribuciones municipales
  • Beneficios por cinco (5), diez (10) o quince (15) años

  

Industrias Creativas


Elegibilidad:

  • Negocio dedicado a la creación de largometrajes, cortometrajes, documentales, series, miniseries comerciales y vídeos musicales, entre otros.

Beneficios:

  • Cuatro por ciento (4%) tasa de contribución sobre ingresos netos
  • Setenta y cinco por ciento (75%) exención en contribuciones sobre la propiedad  
  • Cincuenta por ciento (50%) exención en contribuciones municipales
  • Crédito contributivo de hasta cuarenta por ciento (40%) de exención en gastos de producción en Puerto Rico; y de hasta veinte por ciento (20%) en pagos a extranjeros.


Energía Verde


Elegibilidad:

  • Negocio dedicado a la producción de energía verde o altamente eficiente para consumo en Puerto Rico.

Beneficios:

  • Cuatro por ciento (4%) tasa de contribución sobre ingresos  
  • Setenta y cinco por ciento (75%) exención en contribuciones sobre la propiedad  
  • Cincuenta por ciento (50%) exención en contribuciones municipales
  • Cien por ciento (100%) exención en arbitrios de materia prima, maquinaria y equipo, y distribución de dividendos

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Agroindustria


Elegibilidad:

  • Negocio dedicado a actividades agrícolas, tales como crianza de animales, cultivo de vegetales, especies, elaboradores de leche y maricultura, entre otros.

Beneficios:

  • Noventa por ciento (90%) exención en contribución sobre ingresos
  • Cien por ciento (100%) exención en contribuciones sobre la propiedad  
  • Noventa por ciento (90%) exención en contribuciones municipales
  • Cien por ciento (100%) exención en arbitrios de materia prima y maquinaria y equipo

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Transporte Aéreo


Elegibilidad:

  • Negocio dedicado al transporte aéreo público.

Beneficios:

  • Cien por ciento (100%) exención en contribuciones sobre ingresos de propiedad


Transporte Marítimo


Elegibilidad:

  • Negocio dedicado a la transportación de carga entre puertos de Puerto Rico y puertos extranjeros.

Beneficios:

  • Cien por ciento (100%) de exención en contribuciones sobre ingresos, propiedad, contribuciones municipales y distribución de dividendos.


Jóvenes Empresarios:


Elegibilidad:

  • Negocio creado por un joven entre los dieciséis (16) y treinta y seis (36) años de edad.

Beneficios:

  • Cien por ciento (100%) exención en contribuciones sobre los primeros quinientos mil dólares ($500,000) de ingreso neto del nuevo negocio
  • Cien por ciento (100%) exención en contribuciones sobre la propiedad mueble y contribuciones municipales
  • Beneficios por un periodo de tres (3) años

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Barcos Cruceros


Elegibilidad:

  • Barcos cruceros que atraquen en un puerto bajo jurisdicción de Puerto Rico.

Beneficios:

  • Aportaciones y descuentos a las tarifas de pasajeros, basados en visitas, número de pasajeros y tiempo en el puerto, entre otros. Esta no excederá de trece dólares con veinticinco centavos ($13.25) (tarifa por pasajero).


Zonas de Oportunidad


Elegibilidad:

  • Desarrollo de propiedad inmueble para venta o arrendamiento, localizada en una Zona de Oportunidad de Puerto Rico.

Beneficios:

  • Dieciocho punto cinco por ciento (18.5%) tasa de contribución sobre ingresos  
  • Veinticinco por ciento (25%) exención en contribuciones sobre la propiedad
  • Veinticinco por ciento (25%) exención en contribuciones municipales
  • Cien por ciento (100%) exención en distribución de dividendos
  • Crédito contributivo entre cinco por ciento (5%) a veinticinco por ciento (25%) en inversión elegible


Estímulos Monetarios “Cash Grants”


Elegibilidad:

  • Llevar a cabo una actividad elegible bajo la Ley Núm. 60-2019

Beneficios:

  • Incentivos monetarios sujetos a evaluación del retorno de inversión por creación de empleos, desarrollo de infraestructura, y compra de maquinaria y equipo, entre otros.


Créditos por Investigaciones y Desarrollos (R&D)


Elegibilidad:

  • Negocio exento que lleva a cabo actividades de investigaciones y desarrollos.

Beneficios:

  • Crédito de hasta cincuenta por ciento (50%) de los costos incurridos en actividades de investigación y desarrollo que contribuyen a lograr avances científicos y a crear nuevos procesos o productos.



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