Exportación de Servicios
Exporte servicios desde Puerto Rico con una tasa contributiva preferencial.
Si presta servicios elegibles desde Puerto Rico a clientes fuera de la isla, su negocio puede cualificar para un Decreto de Exportación de Servicios bajo la Ley 60.
Beneficios destacados
- Tasa fija preferencial de 4% sobre el ingreso neto elegible de exportación.
- 75% de exención sobre las contribuciones municipales y estatales aplicables a la propiedad mueble e inmueble utilizada en la actividad cubierta por el decreto.
- 50% de exención sobre la patente municipal aplicable al volumen de negocio elegible.
Los beneficios aplican a las actividades elegibles cubiertas por el decreto y están sujetos a sus términos y requisitos de cumplimiento.
¿Qué servicios podrían cualificar?
Consultoría, tecnología, mercadeo, ingeniería, contabilidad y otros servicios profesionales dirigidos a mercados fuera de Puerto Rico.
¿Qué gestiono?
Evalúo si su negocio cualifica. Preparo y radico la solicitud. Doy seguimiento ante la Oficina de Incentivos y gestiono su informe anual (IANE).
La evaluación determina qué servicios e ingresos cumplen los requisitos de exportación.
¿Su negocio podría cualificar?
Conversemos en una llamada de 15 minutos para evaluar su situación.