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Hermes ConesaDecretos contributivos

Exportación de Servicios

Exporte servicios desde Puerto Rico con una tasa contributiva preferencial.

Si presta servicios elegibles desde Puerto Rico a clientes fuera de la isla, su negocio puede cualificar para un Decreto de Exportación de Servicios bajo la Ley 60.

Beneficios destacados

  • Tasa fija preferencial de 4% sobre el ingreso neto elegible de exportación.
  • 75% de exención sobre las contribuciones municipales y estatales aplicables a la propiedad mueble e inmueble utilizada en la actividad cubierta por el decreto.
  • 50% de exención sobre la patente municipal aplicable al volumen de negocio elegible.

Los beneficios aplican a las actividades elegibles cubiertas por el decreto y están sujetos a sus términos y requisitos de cumplimiento.

¿Qué servicios podrían cualificar?

Consultoría, tecnología, mercadeo, ingeniería, contabilidad y otros servicios profesionales dirigidos a mercados fuera de Puerto Rico.

¿Qué gestiono?

Evalúo si su negocio cualifica. Preparo y radico la solicitud. Doy seguimiento ante la Oficina de Incentivos y gestiono su informe anual (IANE).

La evaluación determina qué servicios e ingresos cumplen los requisitos de exportación.

¿Su negocio podría cualificar?

Conversemos en una llamada de 15 minutos para evaluar su situación.

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