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CUMPLIMIENTO ANUAL DECRETO - 4%

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GUÍA 2026 – DECRETO MÉDICO

DECRETO CONTRIBUTIVO (4%) Ley 14-2017 y Ley 60-2019

INTRODUCCIÓN



Esta Guía 2026 fue creada para explicar, en lenguaje sencillo, todo lo que un médico con decreto necesita saber para mantenerse en cumplimiento en un momento en el que el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) ya está fiscalizando activamente.


¿Por qué es crucial cumplir con los requisitos del Decreto para Médicos?


Si estás acogido al Decreto para Médicos Cualificados (Ley 14-2017 / Ley 60-2019), tienes una gran ventaja: tributar solo al 4%. Pero para mantener ese beneficio, debes cumplir con una serie de requisitos anuales obligatorios ante la Oficina de Incentivos y el Departamento de Salud.


No cumplir a tiempo podría significar perder tu decreto y quedar sujeto a una tasa contributiva mucho más alta.


Estamos hablando de miles — o incluso decenas de miles — de dólares en contribuciones adicionales.


LOS TRES REQUISITOS CLAVE DEL DECRETO


Todo Decreto Médico se sostiene sobre tres requisitos que al día de hoy han sido todos activados:


  • Certificación de Médico Cualificado
  • Servicios Médicos Comunitarios (180 horas)
  • Informe Anual ante el DDEC (IANE)


Ninguno es opcional.



CERTIFICACIÓN DE MÉDICO CUALIFICADO


El Departamento de Salud emite la Certificación de Médico Cualificado a través de la División de Licenciamiento de Médicos y Profesionales de la Salud (DLMPS).


Este ha sido el único requisito activo de forma continua desde el momento en que se aprueba el decreto.


Aunque algunos médicos creen que no es necesario renovarla, en la práctica esto es un error.


  • Es la mejor evidencia en una auditoría ante toda agencia gubernamental encargada de fiscalizar este decreto;
  • Forma parte de los documentos que solicita la Oficina de Incentivos al radicar el Informe Anual;
  • Tiene vigencia de doce (12) meses y debe renovarse anualmente.


No debe confundirse con la fecha de vencimiento de la licencia médica. La fecha de vencimiento que aparece en la parte superior izquierda del documento corresponde al registro de la licencia profesional.


La fecha válida es la de aprobación y firma del director de la Junta, y vence doce (12) meses después.


Renovaciones atrasadas


En múltiples consultas tanto al DDEC como al Departamento de Salud, la contestación ha sido la misma: El médico debe renovar TODAS las certificaciones correspondientes a todos los años desde que le aprobaron el decreto.


Ejemplo práctico:


Si su decreto fue aprobado en 2020, se espera que tenga certificaciones para:

  • 2021
  • 2022
  • 2023
  • 2024
  • 2025

Si falta alguna, debe renovarse. No hay excepciones. 


¿Tienes dudas? Reserva una llamada en el siguiente enlace para conversar sobre su situación:  


Reserva Llamada


SERVICIOS MÉDICOS COMUNITARIOS – 180 HORAS


El Departamento de Salud emite la Certificación de Cumplimiento de Servicios Comunitarios a través de la División de Licenciamiento de Médicos y Profesionales de la Salud (DLMPS).


Todo médico con decreto debe cumplir con ciento ochenta (180) horas anuales de servicios médicos comunitarios.


Este requisito NUNCA fue eliminado. Lo que ocurrió durante varios años fue una paralización administrativa del proceso de certificación.


Las cartas circulares más recientes confirman que la obligación sigue vigente.


La Certificación de Cumplimiento de Servicios Médicos Comunitarios no debe confundirse con la "Solicitud para Certificación de 180 horas a Médicos Cualificados Bajo la Ley Núm. 14 de 2017 y/o Ley Núm. 60 de 2019" en ASES. Si el médico cumple con el requisito comunitario aceptando el plan de salud del gobierno es necesario solicitar la certificación de ASES primero para luego adjuntar la misma a la solicitud de Cumplimiento de Servicios Médicos Comunitarios en el Dept. de Salud. Son dos pasos. Pero este último nunca se ha tenido que realizar hasta el momento. 


QUÉ PASÓ CON EL AÑO CONTRIBUTIVO 2024


Para el año contributivo 2024 se concedió una excepción administrativa.


No fue obligatorio presentar la Certificación de Cumplimiento de Servicios Médicos Comunitarios para el Informe Anual del 2024, que se supone haya sido radicado en o antes del 15 de noviembre de 2025.



QUÉ PASÓ CON EL AÑO CONTRIBUTIVO 2025


Para el año contributivo 2025 se concedió una segunda excepción administrativa.


Para este año el requisito puede cumplirse mediante auto-certificación juramentada, que debe presentarse junto con el Informe Anual del 2025, el cual se radica ahora en el 2026.


Esta excepción es FINAL.


QUÉ CAMBIA DESDE EL 2026 EN ADELANTE


A partir del año contributivo 2026 (horas realizadas durante el 2026):


La auto-certificación YA NO es válida


Se requiere certificación formal del Departamento de Salud.


La certificación acreditará las horas del año natural anterior.


La fecha obligatoria de presentación será el tercer martes de febrero, comenzando en febrero de 2027.


CÓMO SE PUEDEN CUMPLIR LAS 180 HORAS


  • Servicios médicos a pacientes del Plan Vital o Plan Platino
  • Servicios con la Administración de Veteranos
  • Servicios en hospitales
  • Servicios educativos (docencia, adiestramientos, conferencias)
  • Servicios a entidades sin fines de lucro autorizadas


Cada modalidad requiere evidencia y certificación específica.


El Departamento de Salud dispone de dos solicitudes distintas:


  1. Certificación de Cumplimiento de Servicios Comunitarios con Remuneración
  2. Certificación de Horas de Servicio Comunitario sin Remuneración


Debe seleccionar la que le aplique y seguir sus instrucciones.



Comparto algunos posibles escenarios que el Departamento de Salud nos ofrece como guía:


  • Si el Médico Cualificado cumplió con el servicio comunitario total o parcialmente como proveedor del Plan de Salud del Gobierno Plan Vital y/o los Planes Platino, deberá anejar al formulario de la DLMPS el documento expedido por la ASES que acredita las horas pacientes. 
  • Si el Médico Cualificado cumplió con el servicio comunitario total o parcialmente como proveedor del Plan de Salud del Gobierno Platino, deberá anejar al formulario de la DLMPS el documento expedido por la ASES que acredita las horas pacientes. 
  • Si el Médico Cualificado cumplió con el servicio comunitario rindiendo servicios no remunerados a través de entidades sin fines de lucro, deberá completar el formulario detallado juramentado de la DLMPS y anejar los documentos expedidos por las entidades sin fines de lucro a través de las cuales ofreció los servicios médicos primarios o especializados, según sea el caso. 
  • Si el Médico Cualificado cumplió con el servicio comunitario ofreciendo servicios educativos, deberá acompañar al formulario de la DLMPS las certificaciones de las Escuelas de Medicina, Colegios, Asociaciones o entidades a través de las cuales se ofrecieron los servicios educativos. 
  • Si el Médico Cualificado cumplió con el servicio comunitario como proveedor o empleado de la Administración de Veteranos, deberá presentar junto al formulario de la DLMPS una certificación emitida por esta entidad. 


Podemos realizar una auditoría gratuita para confirmar si su decreto está en cumplimiento. Entre al siguiente enlace y siga las instrucciones:


Auditoría Gratuita


INFORME ANUAL ANTE EL DDEC (IANE)


Todo médico con decreto debe radicar un Informe Anual ante el DDEC.


Aunque este requisito siempre existió, su fiscalización se activó formalmente en el 2025. Desde entonces, el DDEC lo está exigiendo activamente.


FECHA LÍMITE DEL INFORME ANUAL


Este es uno de los puntos más importantes y más mal entendidos.


La fecha límite NO es igual para todos los médicos.


Lo que ocurrió en el 2025


Debido a que la plataforma se activó en agosto de 2025, se estableció de manera transitoria una fecha límite uniforme: 15 de noviembre de 2025


Esa fecha solo aplicó como excepción.


Desde el 2026 en adelante


La fecha límite será la que específicamente disponga su decreto.


Dependiendo del lenguaje del decreto, puede ser:


  • Treinta (30) días después de la fecha límite para radicar la planilla contributiva, incluyendo prórrogas
  • El 15 de noviembre siguiente al cierre del año contributivo


La fecha correcta es la que diga su decreto. 


PENALIDADES IMPORTANTES


El incumplimiento puede conllevar:

  • Multas administrativas
  • Penalidad de hasta $10,000 por no radicar el Informe Anual
  • Riesgo real de revocación del decreto


Tiene pendiente el Informe Anual del 2024? 


Reserva una llamada en el siguiente enlace para conversar sobre su situación: 


Reserva Llamada


ERRORES COMUNES QUE SE ESTÁN VIENDO


  • Asumir que el contable o CPA maneja el decreto
  • No renovar certificaciones atrasadas
  • No documentar correctamente las 180 horas
  • Pensar que las excepciones siguen vigentes
  • Radicar tarde el Informe Anual
  • No enmendar el decreto cuando hay cambios profesionales


¿CON QUIÉNES TRABAJAMOS?


  • Médicos con decreto
  • CPAs y contables que desean delegar completamente este tema
  • Gestores de licencias médicas 
  • Otros


Si no está 100% seguro de estar en cumplimiento, asuma que hay riesgo.


El decreto médico ya está siendo fiscalizado. Las excepciones ya terminaron.


Ofrecemos:


  • Auditoría gratuita del Decreto Médico: Entre aquí 
  • Llamada de orientación de 15 minutos, directa y sin compromiso: Entre aquí  


IMPORTANTE


La información incluida se basa en leyes, reglamentos y cartas circulares emitidas por agencias gubernamentales de Puerto Rico. Estas fuentes pueden contener errores, omisiones, cambios administrativos o interpretaciones distintas.


Esta guía se ofrece únicamente con fines informativos y educativos. NO constituye asesoría legal, contributiva, administrativa ni profesional, ni sustituye la orientación de su contador, CPA, abogado, gestor u otro profesional autorizado.


El autor NO asume responsabilidad alguna por errores, omisiones, interpretaciones incorrectas o decisiones tomadas por médicos u otras personas como resultado del uso de este documento gratuito.


Cada médico o individuo que utilice esta Guía es responsable de:


  • Verificar su situación particular;
  • Corroborar la información con sus profesionales;
  • Cumplir con los requisitos aplicables ante las agencias correspondientes.
     

¿Cómo te ayudamos?


En HERMES CONESA LLC, nos encargamos de principio a fin del cumplimiento anual:


  • Declaraciones juradas
  • Radicaciones en agencias gubernamentales
  • Manejo del calendario y requisitos específicos
  • Evitar errores que puedan poner en riesgo tu decreto


Todo bajo un solo servicio, sin complicaciones.



¿Para quién es este servicio?


  • Médicos acogidos al decreto que quieren asegurar su cumplimiento sin estrés
  • Firmas de contabilidad que buscan delegar este proceso especializado
  • Facturadores médicos y abogados que manejan clientes bajo el decreto
     

Nuestro objetivo es simple:


🔒 Proteger tu decreto
🧾 Liberarte del papeleo
🕒 Ahorrarte tiempo y errores


Agenda tu consulta gratuita


Ofrecemos una auditoría gratuita para confirmar su estatus de cumplimiento.
Para comenzar, entre aquí y siga las instrucciones:
https://forms.gle/M3G3NfjjS4s1hzUf7


Si desea conversar sobre el proceso, puede agendar una llamada introductoria aquí:
https://calendly.com/hermes-hermesconesa/llamadaplandetrabajo


Para consultas por escrito, puede comunicarse por correo electrónico a: hermes@hermesconesa.com




SERVICIOS DISPONIBLES

STANDARD

STANDARD

STANDARD

  • Renovación Certificado Médico Cualificado
  • Renovación 180 horas de Servicio Comunitario
  • Certificación Servicio Comunitario Administración de Seguros de Salud "ASES" 
  • Solicitud de cumplimiento anual en la Oficina de Incentivos ( NUEVO )
  • Se atenderá comunicación recibida de agencia de gobierno

Más Información

PREMIUM

STANDARD

STANDARD

Todo lo que incluye el servicio STANDARD más:  

 

  • Declaración Jurada Práctica Privada
  • Declaración Jurada 180 horas de Servicio Comunitario
  • Mensajero recoge documentos en su oficina.
  • Abogado recoge su firma para las declaraciones juradas en su oficina

Más Información

ENMIENDA

🔄 ¿Necesitas Enmendar tu Decreto Contributivo?


Es fundamental mantener tu Decreto Contributivo para Médicos al día ante cualquier cambio en tu situación profesional. Cualquier modificación relevante debe ser notificada mediante una enmienda oficial ante la Oficina de Incentivos de Puerto Rico.


📝 ¿Cuándo debes enmendar tu decreto?


  • Finalizas tu residencia o fellowship
  • Cambias de patrono o comienzas a trabajar en una nueva entidad
  • Abres tu práctica privada
  • Creas una corporación o haces cambios estructurales en tu entidad
     

🤝 ¿Cómo te ayudamos?


En HERMES CONESA LLC, nos encargamos de todo el proceso de enmienda por ti:


✔️ Preparación y radicación de documentos
✔️ Declaraciones juradas requeridas
✔️ Coordinación con la Oficina de Incentivos
✔️ Asegurarnos de que tu decreto siga vigente y en cumplimiento


⚠️ No dejar el decreto actualizado puede poner en riesgo tu tasa preferencial.

Perder ese beneficio puede significar tributar hasta tres veces más.

📞 Consulta sin compromiso


Llama al 787-407-3755 o escribe a hermesconesa@protonmail.com para evaluar tu caso y asegurarte de estar cumpliendo correctamente.

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